La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en Venezuela establece los derechos y responsabilidades de los propietarios de apartamentos y locales en un edificio. En este artículo, nos centraremos en el Artículo 1 de la LPH, el cual define los conceptos clave y las condiciones para que un inmueble pueda ser considerado como apartamento o local.
Artículo 1°
Los diversos apartamentos y locales de un inmueble podrán pertenecer a distintos propietarios de
acuerdo con las disposiciones de la presente Ley, en cuanto no se opongan a éstas las del Código
Civil.
A los efectos de esta Ley, sólo se considerará como apartamento o local a la parte de un edificio
susceptible de aprovechamiento Independiente, que tenga salida a la vía pública directamente o a
través de un determinado espacio común, sea que ocupe todo, o una fracción de un piso o más de
uno.
El Artículo 1 de la LPH establece que los diferentes apartamentos y locales dentro de un edificio pueden pertenecer a distintos propietarios, siempre y cuando se cumplan las disposiciones establecidas en esta ley y, en caso de no contradecirla, las del Código Civil.
Para comprender mejor este artículo, es importante tener claridad sobre algunos términos clave. En primer lugar, se define que un apartamento o local es una parte del edificio que puede ser aprovechada independientemente. Esto significa que debe tener una salida directa a la vía pública o a través de un espacio común específico.
Además, el artículo menciona que esta parte del edificio puede ocupar todo un piso o solo una fracción del mismo. Esto implica que no importa si el apartamento o local ocupa todo un piso completo o solo una parte del mismo; lo importante es que pueda ser utilizado por su propietario de manera independiente.
Es relevante destacar que esta interpretación se basa en la Ley de Propiedad Horizontal venezolana y debe ser considerada junto con las disposiciones del Código Civil. Ambas leyes son fundamentales para entender los derechos y obligaciones relacionados con la propiedad horizontal en Venezuela.
Como forma de cierre:
El Artículo 1 de la Ley de Propiedad Horizontal venezolana establece las condiciones para que un inmueble sea considerado como apartamento o local. Es fundamental comprender que estos espacios deben tener una salida directa a la vía pública o a través de un espacio común específico, además de poder ser aprovechados independientemente por sus propietarios. Para obtener una interpretación completa y precisa, es necesario consultar tanto la LPH como el Código Civil venezolano.
Referencias Bibliográficas:
- Ley de Propiedad Horizontal:
- Código Civil Venezolano: