Indexación por INPC Vs Ajuste por Diferencia de Tasas de Cambio
Cuando, como y cual se debe aplicar en deudas Propiedad Horizontal

En Venezuela existen diferentes formas en las que se puede ajustar una deuda o contrato, cada una con sus propias regulaciones y legislaciones específicas. En el caso de las deudas surgidas en la administración y gerencia de Propiedad Horizontal presentaremos las siguientes:

  1. La indexación INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor) es un mecanismo que ajusta una deuda o contrato ( corrección monetaria ) según la variación del índice de precios al consumidor. En Venezuela, la Ley Orgánica de Precios Justos contempla la indexación INPC como un mecanismo para ajustar los precios y tarifas y el índice es regulado por la Ley del BCV.
  2. Ajuste de deuda por diferencial cambiario: Se refiere al ajuste por inflación que se realiza en una deuda en moneda extranjera, tomando en cuenta las variaciones del tipo de cambio entre la moneda local y una moneda extranjera. En Venezuela, este tipo de ajuste está regulado por Banco Central de Venezuela Convenio cambiario Nº 1, Nuevo marco cambiario 2018, específico  artículo 128 y 139.

Definición de términos:

  • Inflación: Es el aumento generalizado y sostenido de los precios de los bienes y servicios que se comercializan en un territorio durante un período determinado. Se suele medir a varios niveles de la cadena de distribución: al productor, al por mayor y al consumidor, y a través de las variaciones porcentuales de los índices de precios al productor (IPP), al mayor (IPM) y al consumidor (IPC). A nivel de consumidor, es el indicador más comúnmente utilizado porque contiene información de la evolución de los precios de todo el proceso de distribución de bienes y servicios.
  • Indexación: es un sistema que se utiliza para compensar las pérdidas de valor que experimentan las obligaciones a largo plazo, generadas por la devaluación de la moneda o la inflación. Permite ajustar los montos utilizando un índice estadístico, de tal forma que se mantenga el poder adquisitivo.
  • Indice de Precios: Indicador estadístico que mide la variación de los precios en un período determinado.
  • Indice de Precios al Consumidor: Indicador estadístico que mide la evolución de los precios de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo familiar durante un período determinado. Para el cálculo del IPC se adopta un año de referencia, llamado año base, cuyo nivel inicial es 100, y se selecciona una lista representativa de los bienes y servicios que consumen los hogares (la canasta). Se determina la importancia relativa que tiene cada rubro en el gasto de consumo familiar, proporción que en términos técnicos se denomina estructura de ponderaciones del IPC.
  • Depreciación: Reducción del acervo de capital que se produce con el paso del tiempo debido al uso o el envejecimiento.
  • Depreciación Nominal de la Moneda: Disminución del valor de la moneda local en relación con otras monedas, en el mercado de divisas corresponde a una subida en el tipo de cambio en un régimen libre de flotación.
  • Devaluación de la moneda: Se refiere a la convención para indicar un aumento en el precio de una moneda extranjera en términos de la moneda nacional, bajo un esquema de tipo de cambio fijo o establecido por las autoridades con competencia en la materia, con el compromiso de mantenerlo en ese nivel.
  • Divisas: Se refiere a toda moneda que tiene capacidad de negociación o de aceptación en el mercado internacional.
  • Tipo de Cambio: Es el precio de una moneda en términos de otra. En Venezuela, el tipo de cambio nominal, por lo general, se expresa como el precio de una moneda externa en términos de bolívares; es decir, hace referencia a la cantidad de bolívares que se otorga a cambio de una unidad de moneda externa.

Fuente: Glosario Banco Central de Venezuela https://www.bcv.org.ve/glosario


Diferencia entre Indexación INPC y Ajuste deuda por variación en tasas de cambio

Por definición tanto la Indexación por INPC y Ajuste por variación de tasas de cambio, ambos consisten en una actualización del valor de la moneda para compensar su depreciación derivada del fenómeno inflacionario.

Las deudas de valor (dinero) pueden ser objeto de indexan o dolarización previo acuerdo entre las partes

En los condominios lo que se busca con la aplicación de alguno de estos mecanismo es corregir la desvalorización del signo monetario cuando una deuda es pagada en una oportunidad posterior a la que debía cumplirse preservando así el poder adquisitivo de la cuota condominial, a la fecha de su exigibilidad, para evitar la pérdida patrimonial por efectos de la mora.

Si bien, ambos mecanismos persiguen el mismo fin, se diferencia en la forma y regulaciones legales que las establecen. 

Recordad que la inflación es de naturaleza económica y se mide con el INPC, mientras que la tasa de cambio del dolar, surge por el promedio del resultado de la oferta y demanda en el mercado de divisas. 

El principal mecanismo que permite recuperar la pérdida en la capacidad de compra de nuestro signo monetario, es la reexpresión derivada de la fórmula (INPCf ÷INPCi) cuota.

IndexaciónVariación por tasa de cambio
  • La indexación es la actualización del valor de moneda para compensar su depreciación. 
  • En el caso venezolano se aplica de acuerdo con la variación mensual de los porcentajes de precios al consumidor dictados por el BCV (INPC). (Ver www.bcv.org.ve)
  • La indexación NO requiere de pacto o acuerdo entre acreedor y deudor. (Ver artículos 1738 y 1739 del Código Civil. Ver sentencia Sala Constitucional TSJ 20/03/06 y otras
  • La Indexación puede ser extrajudicial y judicial.
  • La Indexación judicial la ordena el juez luego de dictar la sentencia, mediante una experticia en la cual se aplican los porcentajes acumulados del INPC BCV que haya tenido la deuda.
  • La indexación extrajudicial puede aplicarla cualquier acreedor, conforme a los valores mensuales del INPC del BCV.
  • La indexación solo puede aplicarse a las deudas en bolívares. Las deudas adquiridas en dólares NO pueden ser objeto de indexación.
  • La indexación solo aplica sobre el capital adeudado, NO sobre los intereses moratorios.
  • Ajuste por diferencia de cambio: es la  re-expresión en moneda nacional tomando como referencia moneda extrajera para el momento de su pago. 
  • Variación entre tasas promedio de oferta y demande de divisas del sistema Bancario del país.
  • Actualización de la deuda utilizando como referencia moneda extranjera.
  • Hay materias de orden público,cuyas deudas o pagos no pueden dolarizarse por que así expresamente los indica la ley.
  • La dolarización de las deudas o pagos, deben ser acordados entre el acreedor y el deudor. En el caso de los condominios, debe acordarlo una asamblea de propietarios o una consulta escrita.
  • La dolarización de una deuda puede pactarse usando el dólar como moneda exclusiva de pago o como moneda de referencia, en este último caso el deudor se libera de su obligación pagando en bolívares al valor del dólar para el momento de la fecha de pago. (Ver artículo 128 de la Ley del Banco Central).
  • Articulo 128: Los pagos estipulados en moneda extranjera se cancelan, salvo convención especial, con la entrega de lo equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio corriente en el lugar de la fecha de pago. ( Convenio cambiario N1, Nuevo marco cambiario 2018)

Cuando aplicar uno o el otro, se pueden aplicar los dos ajustes a la misma deuda ?

Ambos mecanismo son figuras con el cual la administración de condominios se ampara para proteger el valor de los bienes y capital de la comunidad de propietarios que esta conformación entres otros, por las cuenta por cobrar de la comunidad.

Si bien los administradores buscan la protección monetaria por efecto de la inflación, no puede ser aplicado indexación y ajuste por diferencia de cambio al mismo proceso de cobranza la deuda de condominio, estaría incurriendo en un hecho ilícito denominado usura.

Si desean como administradora de condominio aplicar la indexacion existen dos mecanismo:

  1. Aprobación por Asamblea de Propietarios.
  2. Sentencia Judicial ( Indexación Judicial ).

A diferencia si desea aplicar el Ajuste de deuda por variación de tasas moneda nacional y moneda extranjera ( Diferencial cambiario )

  1. Aprobación por Asamblea de Propietarios.

Recuerde seguir los pasos bases para la toma de decisión de interés para toda  comunidad y que de alguna forma tenga un impacto importante en el presupuesto de cada copropietario:

  1. Debe convocarse una Asamblea de Condominio e incluir en la agenda de esa reunión el punto de la decisión acerca del ajuste de deuda por inflación que desean aplicar para la compensación de las cuotas de condominio.
  2. Se debe reunir esa asamblea y contar con el quorum que establece el documento de condominio para que sea válida.
  3. A partir de que mes se procederá con los ajuste. ( Importante recuerde el principio Retroactividad de las Leyes)
  4. Establecer pautas, controles, demás términos y condiciones para la entrada de vigor del nuevo mecanismo.
  5. Se debe levantar el acta de esa reunión con los puntos discutidos y las decisiones tomadas por la mayoría calificada de los asistentes a esa asamblea, es decir, las dos terceras partes de los participantes.
  6. El acta debe ser firmada por todos los asistentes y remitida una copia a la Junta de Condominio y otra a la Administradora para que estén debidamente informados de lo decidido.

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Administrator 12 noviembre, 2023
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