De las Sanciones: Procedimiento para aplicar el Articulo 39 a propietarios que incumplen sus obligaciones LPH Venezuela



El Artículo 39 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece un procedimiento para sancionar a los propietarios que incumplen reiteradamente con sus obligaciones dentro del condominio, incluyendo la posibilidad de obligarlos a vender sus derechos. A continuación, te explico el proceso paso a paso para aplicar este artículo, incluyendo las personas involucradas y las acciones que se deben tomar antes, durante y después de ejercer el artículo.

Proceso para Aplicar el Artículo 39 de la LPH

1. Antes de Ejercer el Artículo 39

Paso 1: Identificar el Incumplimiento Reiterado
  • Acción: El Administrador o la Junta de Condominio debe identificar a un propietario que está incumpliendo reiteradamente con sus obligaciones.
  • Ejemplos de incumplimiento:
    • Impago reiterado de cuotas de mantenimiento.
    • Daños constantes a las áreas comunes.
    • Ruidos molestos o actividades que perturben la convivencia.
Paso 2: Notificar al Propietario
  • Acción: El Administrador debe notificar por escrito al propietario sobre los incumplimientos y las consecuencias si no rectifica su comportamiento.
  • Contenido de la notificación:
    • Descripción de los incumplimientos.
    • Plazo para regularizar la situación (por ejemplo, pagar las cuotas adeudadas o cesar las actividades molestas).
    • Advertencia de que, si no se regulariza la situación, se procederá a aplicar el Artículo 39 de la LPH.
Paso 3: Intentar una Solución Amistosa
  • Acción: El Administrador o la Junta de Condominio puede intentar resolver el problema de manera amistosa, mediante una reunión con el propietario para buscar una solución.
  • Objetivo: Evitar llegar a medidas extremas como la aplicación del Artículo 39.

2. Durante el Ejercicio del Artículo 39

Paso 4: Convocar una Asamblea de Propietarios
  • Acción: Si el propietario no regulariza la situación, el Administrador o la Junta de Condominio debe convocar una Asamblea de Propietarios para discutir el caso.
  • Requisitos de la convocatoria:
    • Debe hacerse con al menos 3 días de anticipación (Artículo 24 de la LPH).
    • Debe incluir el orden del día, especificando que se discutirá la aplicación del Artículo 39.
    • Debe publicarse en un periódico de circulación local y fijarse en la entrada del edificio.
Paso 5: Discutir y Votar en la Asamblea
  • Acción: En la asamblea, los propietarios discuten el caso y votan sobre la aplicación del Artículo 39.
  • Quórum y mayoría requerida:
    • Para que la asamblea sea válida, debe contar con la presencia de propietarios que representen al menos dos tercios (2/3) del valor total del edificio en la primera convocatoria, o más de la mitad en la segunda convocatoria (Artículo 23 de la LPH).
    • La decisión de aplicar el Artículo 39 debe ser aprobada por al menos el 75% de los propietarios presentes (Artículo 39 de la LPH).
Paso 6: Levantar el Acta de la Asamblea
  • Acción: Se levanta un acta que documenta la discusión y la decisión tomada en la asamblea.
  • Contenido del acta:
    • Fecha, hora y lugar de la asamblea.
    • Lista de asistentes.
    • Descripción del caso y los incumplimientos del propietario.
    • Resultado de la votación (aprobación o rechazo de la aplicación del Artículo 39).

3. Después de Ejercer el Artículo 39

Paso 7: Iniciar el Proceso Legal
  • Acción: Si la asamblea aprueba la aplicación del Artículo 39, el Administrador o la Junta de Condominio debe iniciar un proceso legal para obligar al propietario a vender sus derechos.
  • Personas involucradas:
    • Abogado: Un abogado especializado en propiedad horizontal debe presentar la demanda ante un tribunal competente.
    • Juez: El juez evaluará el caso y decidirá si se procede con la venta forzosa del apartamento o local.
Paso 8: Ejecución de la Venta Forzosa
  • Acción: Si el juez falla a favor del condominio, se procede con la venta forzosa del apartamento o local.
  • Proceso de venta:
    • El apartamento o local se pone en subasta pública.
    • El dinero obtenido de la venta se utiliza para cubrir las deudas del propietario (cuotas de mantenimiento, daños, etc.).
    • El remanente, si lo hay, se entrega al propietario.
Paso 9: Comunicación a los Propietarios
  • Acción: El Administrador debe informar a todos los propietarios sobre el resultado del proceso legal y la venta forzosa.
  • Objetivo: Mantener a la comunidad informada y garantizar la transparencia del proceso.

Personas Involucradas en el Proceso

  1. Administrador:
    • Identifica el incumplimiento.
    • Notifica al propietario.
    • Convoca la asamblea.
    • Inicia el proceso legal.
  2. Junta de Condominio:
    • Supervisa el proceso.
    • Participa en la asamblea y vota sobre la aplicación del Artículo 39.
  3. Propietarios:
    • Asisten a la asamblea.
    • Votan sobre la aplicación del Artículo 39.
  4. Abogado:
    • Presenta la demanda ante el tribunal.
    • Representa al condominio en el proceso legal.
  5. Juez:
    • Evalúa el caso y decide si se procede con la venta forzosa.

Disposiciones finales de las sanciones a propietarios

El proceso para aplicar el Artículo 39 de la LPH es un mecanismo legal que permite sancionar a los propietarios que incumplen reiteradamente con sus obligaciones dentro del condominio. Este proceso involucra varias etapas, desde la identificación del incumplimiento hasta la venta forzosa del apartamento o local, y requiere la participación de diferentes personas, como el Administrador, la Junta de Condominio, los propietarios, un abogado y un juez. Siguiendo estos pasos, se garantiza que el proceso sea justo, transparente y conforme a la ley.

Referencia Legal:

https://www.asambleanacional.gob.ve/storage/documentos/leyes/ley-de-ref-20220405162447.pdf

https://odoocondominio.com/slides/slide/ley-de-propiedad-horizontal-de-venezuela-238

https://www.asambleanacional.gob.ve/storage/documentos/leyes/ley-de-ref-20220406152223.pdf

https://odoocondominio.com/slides/slide/codigo-civil-venezolano-445




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De las Sanciones: Procedimiento para aplicar el Articulo 39 a propietarios que incumplen sus obligaciones LPH Venezuela
Administrator Odoo 17 de febrero de 2025
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