Paso a Paso para Convocar una Asamblea y Elegir la Junta de Condominio y el Administrador en Venezuela

El proceso para convocar una asamblea y elegir la Junta de Condominio y/o el Administrador está claramente regulado por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Se requiere un quórum específico para que la asamblea sea válida, y las decisiones se toman por mayoría simple de los votos presentes. Este proceso garantiza que las elecciones se realicen de manera democrática y transparente.

Recuerde tener a la mano Ley de Propiedad Horizontal y Documento de Condominio, puede que en este documento de condominio se especifique particularidades para el proceso de convocatoria, validación de los acuerdos de asamblea y registro en actas, las cuales no podrán ser contrarios a los que dicte la ley.( Ley de Propiedad Horizontal, Código Civil, Carta Magna)

En la siguiente lineas presentamos un paso a paso de Convocatoria de Asamblea, Gestión de Asamblea y debido proceso de cierre para que la decisiones tomadas sean validas ante la Ley:

Paso 1: Identificar la Necesidad de la Asamblea

  • Situación: Se necesita elegir una nueva Junta de Condominio y un Administrador.
  • Artículo 18 de la LPH: Establece que la administración del condominio corresponde a la Asamblea General de Copropietarios, la Junta de Condominio y el Administrador.

Paso 2: Convocar la Asamblea

  • Acción: El Administrador o la Junta de Condominio actual convoca la asamblea.
    • Recuerde que la convocatoria también puede ser exigida por el 33% de los propietarios interesados, dirigiéndose directamente al Administrador el cual procede a convocar la Asamblea y si este se abstiene,  pueden recurrir al Juez de Distrito o Departamento de la respectiva jurisdicción.
  • Artículo 24 de la LPH: La convocatoria debe hacerse con al menos 3 días de anticipación y debe incluir:
    • Fecha, hora y lugar de la asamblea.
    • Orden del día (en este caso, elección de la Junta de Condominio y del Administrador).
  • Publicación: La convocatoria debe publicarse en un periódico de circulación local y fijarse en la entrada del edificio. También se debe dejar una copia en cada apartamento.

Paso 3: Verificación del Quórum

  • Acción: En el día de la asamblea, se verifica el quórum necesario para que la reunión sea válida.
  • Artículo 23 de la LPH:
    • Primera Convocatoria: Se requiere la presencia de propietarios que representen al menos dos tercios (2/3) del valor total del inmueble.
    • Segunda Convocatoria: Si no se alcanza el quórum en la primera convocatoria, se realiza una segunda convocatoria, y en este caso, la asamblea es válida con la presencia de propietarios que representen más de la mitad del valor total.

Paso 4: Desarrollo de la Asamblea

  • Acción: Se discuten los temas del orden del día y se procede a la elección de la Junta de Condominio y el Administrador.
  • Elección de la Junta de Condominio:
    • Artículo 18 de la LPH: La Junta de Condominio debe estar integrada por al menos tres copropietarios y tres suplentes.
    • Votación: Los propietarios eligen a los miembros de la Junta por mayoría simple de los votos presentes.
  • Elección del Administrador:
    • Artículo 19 de la LPH: El Administrador es designado por mayoría simple de los votos en la asamblea.
    • Duración: El cargo tiene una duración de un año, pero puede ser reelegido o revocado en cualquier momento.

Paso 5: Levantamiento del Acta

  • Acción: Se levanta un acta que documenta la asamblea y las decisiones tomadas.
  • Artículo 20 de la LPH: El Administrador debe llevar un Libro de Actas donde se registren los acuerdos de las asambleas.
  • Contenido del Acta:
    • Fecha, hora y lugar de la asamblea.
    • Lista de asistentes.
    • Temas discutidos y decisiones tomadas.
    • Resultados de las votaciones (nombres de los miembros de la Junta de Condominio y del Administrador electos).

Paso 6: Comunicación de los Resultados

  • Acción: El Administrador comunica por escrito a todos los propietarios los resultados de la asamblea.
  • Artículo 23 de la LPH: El Administrador debe informar a los propietarios sobre los acuerdos adoptados en la asamblea.

Resumen de los Artículos y Quórum Requeridos

Paso

Art. LPH

Quórum o Mayoría Requerida
Convocatoria de la AsambleaArtículo 24Convocatoria con 3 días de anticipación.
Verificación del QuórumArtículo 23Primera convocatoria: 2/3 del valor total.
Segunda convocatoria: más de la mitad del valor.
Elección de la JuntaArtículo 18Mayoría simple de los votos presentes.
Elección del AdministradorArtículo 19Mayoría simple de los votos presentes.
Levantamiento del ActaArtículo 20Registro en el Libro de Actas.


Ejemplo Práctico para elegir una nueva Junta de Condominio y un Administrador.

Situación:

  • El condominio necesita elegir una nueva Junta de Condominio y un Administrador.

Proceso:

  1. Convocatoria:
    • El Administrador convoca una asamblea con 3 días de anticipación, publicando la convocatoria en un periódico local y fijándola en la entrada del edificio.
  2. Primera Convocatoria:
    • En la primera convocatoria, no se alcanza el quórum de dos tercios (2/3), por lo que se realiza una segunda convocatoria.
  3. Segunda Convocatoria:
    • En la segunda convocatoria, se alcanza el quórum de más de la mitad del valor total.
  4. Elecciones:
    • Los propietarios eligen a tres miembros para la Junta de Condominio y a un Administrador por mayoría simple de los votos presentes.
  5. Acta y Comunicación:
    • Se levanta un acta con los resultados, y el Administrador informa a todos los propietarios sobre las decisiones tomadas.

Referencia Legal:

https://www.asambleanacional.gob.ve/storage/documentos/leyes/ley-de-ref-20220405162447.pdf

https://odoocondominio.com/slides/slide/ley-de-propiedad-horizontal-de-venezuela-238

https://www.asambleanacional.gob.ve/storage/documentos/leyes/ley-de-ref-20220406152223.pdf

https://odoocondominio.com/slides/slide/codigo-civil-venezolano-445


Odoo { Condominio }

Paso a Paso para Convocar una Asamblea y Elegir la Junta de Condominio y el Administrador en Venezuela
Administrator Odoo 16 de marzo de 2025
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